Por el presente hago saber al conjunto de la ciudadanía y en especial, a los residentes de las edificaciones sitas en la Calle Ciudad Jardín que, derivado de la ejecución del proyecto denominado IMPLANTACIÓN DE LAS REDES DE ABASTECIMIENTO DE AGUA, SANEAMIENTO, PLUVIALES Y TELECOMUNICACIONES EN LA CALLE CIUDAD JARDÍN, cuyo contrato de ejecución de obras fue adjudicado a la entidad mercantil OBRAS GEOTÉCNICAS DE CANARIAS S.L., se hace preciso según los informes técnicos emitidos, la restricción del acceso a la Calle Ciudad Jardín, a fin de garantizar la correcta ejecución en el menor plazo posible, como las condiciones de seguridad y salud interior de la obra.

 

En virtud de lo anterior, se hacen públicas las siguientes disposiciones para general cumplimiento de los ciudadanos:

PRIMERO.- Regular el tráfico en la calle Ciudad Jardín a partir del día 18 de octubre, en los términos que a continuación se indican:

Tramo desde Ctra. General hasta el primer acceso al Colegio Pureza de María (Aparcamiento infantil)

18-22 Octubre de 2021 9:30am – 15:30pm CIERRE COMPLETO DE LA VÍA

25 de Octubre hasta el 15 de Noviembre de 2021 (FINALIZACIÓN DE LA OBRA) 7:30am – 15:30pm CIERRE COMPLETO DE LA VÍA

Tramo primer acceso colegio hasta segundo acceso superior al Colegio Pureza de María (Edificio Secretaría/Administración del colegio)

18 – 22 Octubre de 2021(HASTA FINALIZACIÓN DE LA OBRA) 7:30am – 15:30pm CIERRE COMPLETO DE LA VÍA

El día 18 de octubre estará habilitado el acceso para vehículo especial de combustible o Propano en el horario de 7:30am a 9:30am.

En franjas de cierre completo solo se permitirá el acceso de personal y maquinaria adscrito a la obra.

 

SEGUNDO.- Queda prohibido, asimismo, el estacionamiento en superficie en el tramo de calle cortado, durante el horario estipulado, mientras duren las obras referidas.

Se ruega la máxima colaboración ciudadana en el cumplimiento de estas disposiciones, acatando en todo momento los requerimientos verbales de los Agentes de la Policía Local, y comunicando cualquier incidencia en materia de seguridad, en caso de ser advertida a los servicios de Policía Local y Protección Civil.

Todo ello de conformidad con el artículo 25.2 a) y b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen local, según el cual constituye competencia municipal la seguridad en lugares públicos y la ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías
urbanas.

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento, esperando de todos los ciudadanos la colaboración en beneficio de la seguridad de personas y bienes.