Ya se ha procedido a abonar el 70% de las solicitudes aceptadas quedando pendientes las que han sido requeridas por falta de documentación.

 

Las beneficiarias de 500 euros de la convocatoria de abril pueden solicitar otros 100 euros, mientras que se han incorporado nuevas actividades subvencionables.

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 El alcalde de Los Realejos, Manuel Domínguez, anuncia que “tras una primera convocatoria de subvención específica y excepcional de 500 euros destinada a pymes y microempresas a iniciativa del Ayuntamiento el pasado mes de abril con motivo de la afección en la economía de la Covid-19, este miércoles 16 de septiembre se ha publicado una convocatoria complementaria que permite ampliar hasta los 600 euros la ayuda a las ya beneficiarias o bien el acceso a este importe a aquellas que no pudieron disfrutarla, habiéndose incorporado en las bases nuevas actividades subvencionables”.

“El objetivo principal de estas ayudas directas, radica en el apoyo municipal, el fomento e impulso de la actividad económica, como medidas destinadas a preservarla en aquellos sectores que se están viendo directamente afectados por la Covid-19”, valora Manuel Domínguez. “Esta segunda convocatoria pretende utilizar todos los fondos municipales que hemos dispuesto para ello”, agrega.

El concejal de Promoción Económica y Comercio, Adolfo González, destaca que “ya se ha procedido al abono del 70% de las solicitudes que se aceptaron en la convocatoria inicial, quedando únicamente pendientes aquellas en las que se ha requerido subsanación de documentación, con lo que se prevé completar el pago en cuanto las propias entidades beneficiarias procedan a ello y se prosiga en su tramitación, algunas de ellas en próximos días y susceptibles todas de la ampliación de su subvención hasta 600 euros”.

Anuncia el concejal que “ahora se dispone de un nuevo plazo de presentación de solicitudes hasta el 9 de octubre, teniendo en cuenta que se ha eliminado el requisito del domicilio fiscal al darse casos de empresariado residente en otro municipio de establecimientos que sí se ubicaban en Los Realejos y reiterando que las ya beneficiarias pueden acceder a 100 euros más y que otras que se quedaron fuera pueden cumplir ahora los nuevos requisitos y optar a la totalidad de los 600 euros de ayuda municipal”.

En esta nueva convocatoria se incluye la novedad de la venta ambulante en vehículo, algunas actividades en talleres, perfumerías, artes gráficas y ludotecas, entre otras actividades, recordando que el sector del taxi también puede optar a esta ampliación, así como las empresas ubicadas en la Casa del Emprendedor de Los Realejos.

Son gastos subvencionables a justificar en la solicitud aquellos que entre los siguientes hayan sido soportados en el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 9 de octubre de 2020:

– Cuotas a la Seguridad Social abonadas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de Transporte por autotaxis o de comercio al por menor y servicios de restauración propios, fuera de establecimiento permanente

– Asesoría fiscal, contable y laboral; las cuotas a la Seguridad Social a cargo de la empresa

– Seguros vinculados a la actividad

– Licencias de uso de herramientas o aplicativos informáticos para el impulso y desarrollo del teletrabajo o comercio electrónico

– Adquisición de fungibles destinados a los EPI

– Combustible y mantenimiento de vehículos en caso de autotaxis

– Suministros de energía eléctrica y comunicaciones

– Arrendamiento de local comercial

– Intereses de préstamos hipotecarios de inmuebles vinculados a la actividad empresarial.

Quienes ya hayan cobrado la ayuda de la primera convocatoria sólo deben presentar el anexo II BIS de solicitud para esta segunda complementaria. En caso de que ya hayan justificado gastos por 600 euros o más no deben presentar facturas nuevas, pero si sólo justificaron hasta 500 euros, sí deben aportar facturas nuevas por valor de 100 euros con el citado anexo, incluyendo gastos de asesoría.

En los casos en que no hayan cobrado la ayuda aún por falta de documentación, sólo deben presentar el anexo II de solicitud nueva, adjuntar la documentación que ya se les ha requerido de la primera convocatoria y sumar facturas hasta el máximo de los 600 euros.

Los solicitantes deberán cursar la presentación del documento de alta a terceros en el caso de no haberse dado de alta aún en el sistema contable del Ayuntamiento de Los Realejos o en caso de haber alguna variación en los datos existentes (podrá ser descargado de la página web municipal www.losrealejos.es).

La instrucción del procedimiento de concesión, seguimiento y cumplimiento de esta subvención corresponde a la Agencia de Desarrollo Local (ADL) del Ayuntamiento de Los Realejos como servicio gestor de las ayudas. Recibidas las solicitudes, una vez abierto el plazo de presentación, la ADL comprobará que se ha presentado la documentación justificativa en plazo y forma y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos. Para ello se insta a los solicitantes a presentar toda la documentación señalada en las bases en un único acto, para evitar posibles requerimientos que demoren su tramitación individualizada.